FIRMA ESPECIALIZADA EN DERECHO DE DAÑOS
FIRMA ESPECIALIZADA EN DERECHO DE DAÑOS
Somos un equipo de profesionistas, comprometidos con la defensa de los derechos de víctimas que han sufrido afectaciones a su integridad física, psíquica y emocional, a su patrimonio e incluso la pérdida de su vida, ya sea por actos de particulares o por la actuación (u omisión) de servidores públicos; enfocándonos en obtener una reparación integral del daño y lograr indemnizaciones justas para las víctimas y sus familias.
Por lo que, entendemos el profundo impacto que estas situaciones tienen en la vida de las personas. Por ello, ofrecemos un acompañamiento personalizado y sensible, guiando a nuestros clientes en cada etapa del proceso legal, con el objetivo de restaurar su bienestar y obtener la reparación y justicia que les corresponde.
Nuestra firma ofrece un enfoque multidisciplinario e integral, combinando la experticia legal en las diversas ramas que comprende el Derecho de Daños - como la materia Civil a través de la Responsabilidad Civil, el Daño Moral y Daños Punitivos, la materia Administrativa con la Responsabilidad Patrimonial del Estado y el Derecho Penal –, ello, con el apoyo de un equipo de profesionales altamente calificados, pues trabajamos en estrecha colaboración con psicólogos, trabajadores sociales, médicos y criminólogos, quienes aportan el rigor científico necesario para sustentar cada acción legal y asegurar que nuestros representados obtengan la justicia que merecen (aún y cuando ya hayan celebrado algún convenio desfavorable).
Además, recurrimos a los Organismos Protectores de Derechos Humanos a nivel nacional y local para fortalecer la defensa de nuestros clientes y garantizar el respeto a sus derechos fundamentales.
El derecho de daños que es nuestra área de especialización, es la rama del derecho que se encarga de regular y establecer la obligación que se tiene de reparar los daños y perjuicios causados a otra persona de manera integral, centrándose en determinar cuándo una persona debe responder por los daños que ha ocasionado a otra, ya sea por acción u omisión, y cómo se debe llevar a cabo la reparación de esos daños; abarcando diversas áreas del derecho.
La reparación integral del daño es un concepto jurídico que busca restituir a una víctima a la situación en la que se encontraba antes de sufrir un daño, ya sea causado por una acción u omisión de otra persona o de una institución. Esta reparación implica volver las cosas, en la medida de lo posible, al estado en que se encontraban antes del hecho dañoso, y de no ser esto posible, el pago de una indemnización como compensación por los daños y perjuicios ocasionados, y además, el establecimiento de medidas encaminadas a restaurar la dignidad, los derechos y las oportunidades de la víctima.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que las indemnizaciones serán consideradas justas cuando se calculen atendiendo al concepto de reparación integral del daño y las particularidades de cada caso. Esto implica evaluar:
La gravedad y tipo de lesiones sufridas: tanto físicas, como psicológicas y emocionales.
La posibilidad de recuperación: considerando la capacidad de la víctima para rehabilitarse y recuperar su vida.
Pérdidas de oportunidades: como la pérdida de empleo, educación o prestaciones sociales.
Daños materiales: incluyendo gastos médicos, pérdida de ingresos y lucro cesante.
Perjuicios morales: como el dolor, sufrimiento y aflicción.
Gastos adicionales: como los de asistencia legal, tratamientos médicos y psicológicos.
Responsabilidad de las partes: evaluando el grado de culpabilidad de cada una.
Circunstancias particulares de la víctima: como su edad, estado de salud previo y situación económica.
La reparación integral busca restablecer los derechos de la víctima y permitirle recuperar su proyecto de vida. Al individualizar cada caso, se garantiza una solución justa y equitativa.
¿Qué tipo hechos, actos u omisiones implican la obligación de reparar el daño?
Fallecimiento
Lesiones
Discapacidad
Daños psicológicos
Daño patrimonial
como consecuencia de:
Accidentes en tránsito de vehículos
Accidentes en tránsito de vehículos, en el que se vea involucrado un vehículo propiedad del Estado
Diagnósticos erróneos, tratamientos y procedimientos inadecuados o innecesarios y demás errores cometidos por personal médico privado que, constituyen Negligencia Médica o Mala Praxis
Diagnósticos erróneos, tratamientos y procedimientos inadecuados o innecesarios y demás errores cometidos por personal médico del sector público que, constituyen Negligencia Médica o Mala Praxis
Violencia institucional, detenciones arbitrarias, abuso de autoridad, uso excesivo de la fuerza, tortura y demás Violaciones a Derechos Humanos
La comisión de un delito, ya sea cometido de manera dolosa o culposa
Accidentes en Infraestructuras de Transporte Público o Vías de Comunicación
Incendios provocados de manera dolosa o culposa
Electrocución por mal estado las instalaciones eléctricas
Obras de construcción
Accidentes por falta de mantenimiento en inmuebles públicos como privados
Accidentes viales a causa de baches o mal estado de la vía de circulación
Caída de árboles o ramas por falta de mantenimiento
Lesiones originadas por animales de compañía
Desastres Naturales agravados por la falta de mantenimiento y el incumplimiento de normativas
Estos son algunos ejemplos, sin embargo, en general cualquier daño causado sin justificación por un particular o por el Estado es susceptible de reparación del daño.
La personas que causaron el daño directamente
Propietarios de los vehículos o maquinarias
Aseguradoras
Empresas privadas
Hospitales Públicos como Privados
Patrones (son responsables por el daño que causan sus trabajadores)
Padres (en caso de menores)
Administradores y propietarios de inmuebles
Dueños del animal que cause un daño
Servidores Públicos
Organismos centralizados y descentralizados, Fiscalías, Alcaldías, Municipios, Gobiernos Estatales, Secretarías de Estado, Gobierno Federal y demás entidades gubernamentales
Juicio Ordinario Civil
Reclamación Patrimonial del Estado
Procedimiento Contencioso Administrativo
Juicio de Amparo
Queja ante Comisiones de Derechos Humanos
Procedimiento Penal
Para comunicarte con nosotros, escribe a contacto@slmabogados.com o comunícate a los teléfonos 5513365815 y 5651140215